Definiciones
● Contrarreferencia: es la respuesta que el prestador de servicios de salud receptor de la referencia, da al prestador que remitió. La respuesta puede ser la contrarremisión del paciente con las debidas indicaciones a seguir o simplemente la información sobre la atención prestada al paciente en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.
● Contrarremisión: Es el procedimiento administrativo asistencial mediante el cual se transfiere de nuevo el cuidado de un paciente desde un profesional, un especialista o nivel superior de atención al cual había sido previamente remitido volviéndolo a entregar la responsabilidad por la salud del usuario.
● Interconsulta: Es la solicitud expedida por el profesional de la salud responsable de la atención de un paciente a otros profesionales del área, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones sobre la conducta a seguir en determinados pacientes, sin asumir la responsabilidad directa de tratantes, es decir, no hay en este aspecto transferencia de responsabilidad por parte del profesional tratante.
● Referencia: es el envío de pacientes o elementos de ayudas diagnósticas por parte de un prestador de servicios de salud, a otro prestador para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el nivel de resolución, de respuesta a las necesidades de salud
● Remisión: Es el procedimiento administrativo asistencial mediante el cual se transfiere el cuidado de un paciente de un profesional del área de la salud a otro profesional, un especialista o nivel superior de atención, con la consiguiente transferencia de responsabilidad por la salud del usuario.
● Transporte para pacientes con movilidad reducida: Es un transporte que no reviste el carácter de servicio asistencial, pero que puede ser requerido por usuarios con discapacidad o estado de postración para atender asuntos de su vida incluyendo visitas a consultorios o centros de rehabilitación o de apoyo diagnóstico, cuando para su traslado no requiere ningún soporte ni acompañamiento de tipo médico asistencial.
Atención inicial de urgencias: Denominase como tal a todas las acciones realizadas a una persona con patología de urgencia y que tiendan a estabilizar en sus signos vitales, realizar un diagnóstico de impresión y definir el destino inmediato, tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud
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Objetivos de un paciente son en el ámbito de la salud garantizar calidad de vida
Son medidas de aprendizaje q conlleva el mejoramiento de nuestras actividades y aprendizaje